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1.-VALIDACIÓN DE PATENTES


España no ha firmado el Acuerdo de Londres y no se prevé que lo haga a corto plazo, por tanto, no se ha producido ningún cambio en lo que se refiere a la validación de Patentes Europeas en España.

Consecuentemente, siguen siendo necesarios los mismos requisitos para solicitar la entrada de una Patente Europea en la fase nacional en España. Según la normativa vigente actualmente en España, es necesario presentar una traducción completa al idioma español de la descripción y las reivindicaciones ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).

Para validar una Patente Europea en España, es necesario disponer de su descripción, reivindicaciones, y dibujos - si existen - en inglés, francés o alemán, que nuestro despacho se encargará de traducir al idioma español.

También es necesario disponer de información relativa al solicitante, como su nombre completo, dirección y nacionalidad, así como un Poder de Agente debidamente firmado (no es necesario que el poder se firme ante notario, ni precisa de legalización consular o de cualquier otro tipo), que debe presentarse junto con la solicitud.

El Poder de Agente puede presentarse en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), después de presentar la solicitud, y dentro de un período no superior a 20 días a partir de la fecha de recepción del comunicado de la OEPM solicitando dicho documento.


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